Tarifa del ISR anual y el tramo que te toca
Las once tarifas de 2025 y de 2026, la cuenta del artículo 152 y la razón por la que usar el año equivocado te cuesta más del 10 % del impuesto.
Cómo se obtuvo este resultado
La tarifa anual no se calcula «por tramos» como se cree por ahí: se toma la cuota fija del renglón que te toca y se le suma un porcentaje sobre lo que excede el límite inferior de ese mismo renglón. Nada de sumar el impuesto de cada tramo uno por uno. Es un solo renglón, siempre.
Con una base de 338,000 en 2025: 19,682.13 + (338,000 − 185,852.58) × 21.36 % = 52,180.82
Las dos tablas no son la misma, y ese es el punto
El artículo 152 ordena actualizar la tarifa cuando la inflación acumulada desde la última actualización supera el 10 %. Para 2026 se cumplió la condición y los once renglones se movieron 13.21 %. Es la primera actualización desde que el esquema entró en vigor, y eso explica que haya dos tablas circulando con números distintos para el mismo concepto.
Con la misma base de 338,000 pesos, la tabla de 2025 da 52,180.82 y la de 2026 da 49,536.71. La diferencia es de 2,644.11 pesos: 5 % del impuesto. Si la base está más arriba, la brecha crece.
La confusión que más caro sale: «declaración anual 2026» no significa «tarifa 2026». La declaración que se presenta en abril de 2026 corresponde al ejercicio 2025 y usa la tabla de 2025. La tabla de 2026 se usará en abril de 2027. Si copias la tabla del año del trámite en lugar del año del ejercicio, el número sale mal y no hay forma de que el sistema te avise.
Tarifa del ejercicio 2025
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | Tasa |
|---|---|---|---|
| 0.01 | 8,952.49 | 0.00 | 1.92 % |
| 8,952.50 | 75,984.55 | 171.88 | 6.40 % |
| 75,984.56 | 133,536.07 | 4,461.94 | 10.88 % |
| 133,536.08 | 155,229.80 | 10,723.55 | 16.00 % |
| 155,229.81 | 185,852.57 | 14,194.54 | 17.92 % |
| 185,852.58 | 374,837.88 | 19,682.13 | 21.36 % |
| 374,837.89 | 590,795.99 | 60,049.40 | 23.52 % |
| 590,796.00 | 1,127,926.84 | 110,842.74 | 30.00 % |
| 1,127,926.85 | 1,503,902.46 | 271,981.99 | 32.00 % |
| 1,503,902.47 | 4,511,707.37 | 392,294.17 | 34.00 % |
| 4,511,707.38 | En adelante | 1,414,947.85 | 35.00 % |
Tarifa del ejercicio 2026
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | Tasa |
|---|---|---|---|
| 0.01 | 10,135.11 | 0.00 | 1.92 % |
| 10,135.12 | 86,022.11 | 194.59 | 6.40 % |
| 86,022.12 | 151,176.19 | 5,051.37 | 10.88 % |
| 151,176.20 | 175,735.66 | 12,140.13 | 16.00 % |
| 175,735.67 | 210,403.69 | 16,069.64 | 17.92 % |
| 210,403.70 | 424,353.97 | 22,282.14 | 21.36 % |
| 424,353.98 | 668,840.14 | 67,981.92 | 23.52 % |
| 668,840.15 | 1,276,925.98 | 125,485.07 | 30.00 % |
| 1,276,925.99 | 1,702,567.97 | 307,910.81 | 32.00 % |
| 1,702,567.98 | 5,107,703.92 | 444,116.23 | 34.00 % |
| 5,107,703.93 | En adelante | 1,601,862.46 | 35.00 % |
Tasa marginal no es tasa efectiva
La tasa del renglón (21.36 % en el ejemplo) aplica solo al último peso de tu base. La tasa efectiva —impuesto entre base— es más baja: en el ejemplo da 15.44 %. Cuando alguien dice «pago 35 % de ISR» casi siempre está confundiendo las dos. La de 35 % solo la pagan bases superiores a 4.5 millones.
Dónde entra el subsidio al empleo
En la declaración anual no entra. El subsidio al empleo es un mecanismo de retención mensual: lo aplica el patrón y ya viene reflejado en lo que te retuvo. En la anual se resta lo retenido, no se vuelve a calcular el subsidio. Si tu calculadora te muestra un renglón de subsidio en la anual, algo está mal.
Datos oficiales que usa este cálculo
| Concepto | Valor | Fuente |
|---|---|---|
| Tarifa 2025, renglón 6 | 185,852.58 – 374,837.88 | SAT, Anexo 8 RMF 2026, C.I Cuota fija 19,682.13 · tasa 21.36 % |
| Tarifa 2026, renglón 6 | 210,403.70 – 424,353.97 | SAT, Anexo 8 RMF 2026, C.II Cuota fija 22,282.14 · tasa 21.36 % |
| Factor de actualización | 13.21 % | Comparación de las dos tablas oficiales Primera actualización por inflación |
| Base del ejemplo | 338,000.00 | Cálculo propio Mismo ejercicio de la calculadora anual |
| ISR 2025 con esa base | 52,180.82 | Cálculo propio con la tabla C.I |
| ISR 2026 con esa base | 49,536.71 | Cálculo propio con la tabla C.II Diferencia de 2,644.11 |
Preguntas frecuentes
¿Cuál tarifa uso para la declaración de abril de 2026?
La de 2025. La declaración corresponde al ejercicio 2025, y la tarifa se toma del año del ejercicio, no del año en que presentas.
¿Por qué la tarifa de 2026 es más alta en los límites pero más baja en el impuesto?
Porque los límites subieron 13.21 % y las tasas se quedaron igual. Al mover los límites hacia arriba, una misma base cae en un renglón más bajo, así que paga menos impuesto.
¿La tarifa anual es la misma que la mensual?
No. La mensual (artículo 96) es doce veces menor en sus límites pero con las mismas tasas, y se usa para retenciones de nómina. La anual (artículo 152) es la de la declaración.
¿Los tramos se suman?
No. Se toma un solo renglón: el que contiene tu base. La cuota fija ya resume todo lo que se pagaría en los renglones anteriores.
¿La tarifa cambia cada año?
Solo cuando la inflación acumulada rebasa el 10 % desde la última actualización. Entre 2025 y 2026 sí cambió; en años de inflación baja la tabla se queda igual.
Última revisión: 6 de noviembre de 2026. Si encuentras un dato que no cuadra con la fuente oficial, dínoslo y lo corregimos con la fecha del cambio.